sábado, 21 de mayo de 2016

"Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones"



El 29 de Junio del año 2011 se expidió la Ley 1465, mediante la cual se creó el Sistema Nacional de Migraciones “…como un conjunto armónico de instituciones, organizaciones de la sociedad civil, normas, procesos, planes y programas”,  con el objetivo principal de “…acompañar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de la Política Migratoria con el propósito de elevar el nivel de calidad de vida de las comunidades colombianas en el exterior, considerando todos los aspectos de la emigración y la inmigración”.

Para cumplir con ese principal objetivo, del que se desprenden muchos otros, el Legislador a través del Art. 5º. de la mencionada ley, ordena que el Sistema Nacional de Migraciones sea integrado por  “…la Comisión Nacional Intersectorial de Migraciones como eje central, así como las entidades estatales y gubernamentales, que no formen parte de la primera, pero cuyas funciones y objetivos tengan relación con los temas concernientes a la emigración y la inmigración en Colombia, las Comisiones Segundas del Senado y la Cámara de Representantes, y la Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones, donde tendrán asiento el sector privado, las organizaciones no gubernamentales, la academia y las organizaciones de colombianos en el exterior cuyos objetivos atiendan temas migratorios”, a la vez que en el Parágrafo de este artículo dijo: “La Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones se dará su propio reglamento, elegirá su representante ante la Comisión Nacional Intersectorial de Migración y deberá constituirse jurídicamente”.

Al leer esto rápidamente se ve muy bonito y fácil, pero la verdad es que ha tenido, tiene, y seguirá teniendo sus complicaciones, a saber:

Cuando desde nuestra Plataforma Social “Colombianos en el exterior y retornados”, nos dimos a la tarea de investigar minuciosamente la Política migratoria y de retorno de nuestro país Colombia, y cuyas gestiones igualmente hemos publicado y divulgado a través de esa Plataforma en Facebook desde comienzos del año 2013, nos extrañamos que en la única Normativa sobre temas migratorios donde se le daba cabida directa a la Sociedad Civil, era precisamente en esta Ley 1465/2011, pero mas extrañeza nos causó que el Ministerio de Relaciones Exteriores estuviera “aplicando” de alguna forma el contenido de dicha ley, sin contar con los demás integrantes del Sistema Nal. de Migraciones, entre ellos “la “Comisión Intersectorial para las Migraciones” creada mediante Decreto 1239 de 2003, y la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”.

Durante los dos últimos años, después de varias indagaciones ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, y otras Instituciones gubernamentales, acerca de la inexistencia e inoperatividad de estos dos principales integrantes, confirmamos lo que ya preveíamos:

1º. La Comisión Intersectorial para las Migraciones está inactiva desde hace aprox. cinco (5) años, pues algunos de sus integrantes ya no hacen parte de la estructura del Estado colombiano. Y

2º. La “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones” no se encontraba, ni ha sido conformada aún.

Seguramente muchos colombianos en el exterior e interior de nuestro país, lo mismo que diferentes Organizaciones No Gubernamentales habrán realizado gestiones sobre este tema, pero en realidad no las conocemos.  El “puntillazo final” a nuestro trabajo, y al que hayan podido llevar a cabo otros, se dio el 02 de Diciembre de 2015, en el Debate de Control Político que se le realizó a la Cancillería colombiana en la Comisión Segunda de la Cámara de Representantes, convocada por los H. Representantes Alirio Uribe Muñoz (Polo Democrático) y Jorge Muñoz (Grupo MIRA), con la importante participación por parte de la Sociedad Civil de la Srta. Valeria Zarama.

En ese sustancioso debate, se hizo un análisis de la ejecución que se le venía dando por parte del Gobierno, a las Leyes 1465/2011 (Sistema Nal. de Migraciones) y 1565 de 2012 (Ley retorno), concluyendo en la imperiosa necesidad de constituir cuanto antes la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, y a lo que se comprometió nuestra Cancillería.

Porqué no se había puesto interés para conformar esta “Mesa para las Migraciones” antes, si estaba ordenada desde Junio del 2011?.  No voy a entrar a hacer reproches, ni a responsabilizar a nadie por ello, pues ya lo he hecho en anteriores escritos, y no quiero seguir “llorando sobre la leche derramada”, ya que después “del ojo afuera no hay Sta. Lucía que valga”.

Vamos Pa´lante, e intentemos seguir construyendo.

La Cancillería colombiana, a través de su Grupo “Colombia Nos Une”, convocó la primera reunión a fin de tratar el tema de la conformación de la “Mesa Nal. de la Sociedad Civil para las Migraciones” para finales del mes de Febrero de 2016, pero debido a unos oportunos y excelentes planteamientos por parte de varios colombianos en el exterior, se tomó la decisión de postergarla para dos meses después, a fin de que hubiera mayor participación ciudadana.

Se consideró importante que, durante esa prórroga, principalmente los Consulados colombianos en el mundo convocarán ciudadanos a reuniones para tratar el tema, y que de ellas saliera un vocero para ir en su representación a la reunión general en la Sede del Ministerio de Relaciones Exteriores en Bogotá – Colombia, el 29 de Abril del presente, lo que efectivamente se realizó.

Para lo que debió haber sido, fue realmente muy mínima esa vocería, pues lamentablemente no en todos los Consulados tenemos representación de “Colombia Nos Une”, que era la organizadora principal de estas reuniones y del evento principal llevado a cabo en Bogotá.

Aparte de los voceros escogidos por los propios ciudadanos en esas y otras reuniones, en el evento del 29 de Abril se hizo presente un importante número de colombianos residentes en el exterior, al igual que del Sector privado y de la Academia en Colombia, conocedores de la gran importancia de poder conformar la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”.  ¡Ojo!, la mas grande e importante herramienta que tendremos los ciudadanos, en especial residentes en el exterior, para hacer parte directa en la creación de una real Política migratoria y de retorno para quienes emigramos de nuestro país, e igualmente para la Población retornada.

Aunque valioso, creo que hubo un pequeño error, por parte de la Cancillería al incluir dentro de las ya mencionadas reuniones, la presentación de propuestas para la reglamentación y/o reforma de la Ley 1465 de 2011, pues muchos se concentraron en ello, y “olvidaron” que lo principal era la creación de la “Mesa de la Sociedad Civil para las Migraciones”; entre otras razones porque sin la conformación de esta “Mesa” no vamos a poder agrupar legalmente todas esas propuestas, y analizarlas con los demás miembros del “Sistema Nal. de Migraciones” para posteriormente ser presentadas al Congreso de la República, e incluso directamente a Presidencia.

En la reunión del pasado 29 de Abril en Bogotá, se dio un paso muy importante en la creación de la ruta a seguir para en una posterior concretar su conformación.  Sin embargo, y como es natural, existen diferencia de criterios con relación a cómo debe conformarse dicha Mesa.  De ahí que aplaudo la magnífica idea de algunas Organizaciones y Líderes sociales por continuar convocando reuniones o conversatorios para tratar el tema con un mayor número de ciudadanos.  Incluso la mayoría de voceros asistentes a la reunión del 29 de Abril estamos en contacto permanente lanzando opiniones por diferentes medios sobre el particular.

Con base a la experiencia recopilada en los últimos tres años al frente de la administración de la Plataforma Social “Colombianos en el exterior y retornados”, a través de las gestiones e investigaciones realizadas sobre la Política migratoria y de retorno colombiana, mas el intercambio de conceptos con muchos compatriotas, a continuación voy a dar mi opinión, casi que final, mas no radical, de cómo considero podría conformarse la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil”, ajustándome lo mas cercano posible a lo que estipula el Art. 5º y Parágrafo de la Ley 1465 de 2011:

1º. La Mesa debe constituirse como un Organismo Representativo, mas que Participativo. Representativo porque debe contar con Representantes elegidos mayoritariamente por ciudadanos colombianos residentes en el exterior.  Y participativo por que serán esos mismos ciudadanos quienes no solamente se conformen con elegir sus Representantes, sino que crearán “Mesas adicionales” en cada ciudad o país del mundo donde residan, y con la convocatoria de muchos mas ciudadanos, plantearán lo que consideren deben presentar ante la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones” donde sus elegidos las estudiarán, moldearán y en coordinación con los demás miembros del Sistema Nal. de Migraciones las ajustarán a la Constitución y las Leyes (Poder Judicial), y presentarán ante el Congreso (Poder Legislativo), e incluso directamente al Jefe del Gobierno (Poder Ejecutivo).

Ahí ya tendríamos la participación de los máximos Poderes en un Sistema democrático: “EJECUTIVO, LEGISLATIVO, JUDICIAL, y el mas importante…el POPULAR”.

Siendo elegidos los Representantes de la "Mesa" por el Poder popular, tendrán plena autoridad y legalidad para sentarse en igualdad de condiciones con los demás Poderes, respetando su independencia, funciones, jurisdicción y autonomía legal, y a través del "Sistema Nacional de Migraciones" “Diseñar, ejecutar, seguir y evaluar la Política Migratoria que elevará el nivel de calidad de vida de las comunidades colombianas en el exterior, considerando todos los aspectos de la emigración y la inmigración, al igual que el retorno, puesto que es una consecuencia lógica de la migración”; lo que conllevaría al cumplimiento del objetivo principal contemplado en la Ley 1465 de 2011 (Sistema Nal. de Migraciones).

Si creamos una “Mesa” participativa, indicaría que no podría tomar decisiones, y solo, por, y con ese poder participativo, hacer recomendaciones al Alto Gobierno.  Esas recomendaciones las deben dar los ciudadanos pero a la Directiva de la “Mesa”, para que esta las unifique, estudie y decida lo mejor que se puede hacer con ellas. Quiere esto decir que el ciudadano participaría en la elección de sus Representantes, y en lo que ellos vayan a llevar a cabo, pero no que la “Mesa” tenga esa figura, pues la ningunearán fácilmente las Instituciones del Estado.

Como lo dijera un gran conocedor y estudioso de temas similares: “Si la mesa es solo participativa puede ir hasta el perro y el gato a quejarse en público.  Se puede llevar hasta el último de los colombianos pero como nadie fue electo en Representación de nadie, asi escribamos, hagamos documentos, películas, videos, y lo que se quiera, esto no es obligante para el estado, pues no somos representativos de nadie”.

La “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones” necesita Poder decisorio para llevar a cabo sus funciones.  Y ese Poder lo deben dar los propios ciudadanos mediante la elección de la misma. 

La figura iRepresentativa puede propiciar la mas amplia participación, mas no al contrario. 

Alguien comentó que eso sería como los ciudadanos darle un “cheque en blanco” a la “Mesa”.  Y qué?, no se lo hemos dado al Poder político cuando elegimos a los Representantes a la Cámara por los colombianos en el exterior, que poco o nada es lo que en realidad han representado a sus votantes?.  Si se lo hemos dado a ellos, porqué no dárselo a un Ente compuesto exclusivamente por la Sociedad Civil, sin políticos de por medio?.  A un Ente u Organismo elegido por esos ciudadanos pertenecientes también a la Sociedad Civil?

Algunos proponen que la elección de esos Representantes, es decir, los que conformarán la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, se haga a través de unas “Mesas” constituidas en diferentes ciudades o países del mundo.  No es mala idea, pero qué tanta asistencia de ciudadanos tendrán esas “Mesas”?, y los que asistan, por obvias razones solo podrán nombrar a los que residan igualmente en esas ciudades o países.  Privándolos de la oportunidad de conocer y elegir a otros que quizá hayan trabajado mas y mejor por la problemática migratoria y de retorno a nivel general.

No puede ser una elección por conveniencia territorial o personal, y mucho menos de "amiguitis", o veremos lo mismo que sucede cuando se eligen Representantes a la Cámara por los colombianos en el exterior.

La “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones” no es un Ente u Organismo que vaya a realizar un trabajo sectorizado, sino general. Para TODOS los colombianos residentes en el exterior.  El fin no es proteger el arbolito de este parque, sino todos los del gran bosque”.  

La Ley 1465/2011 establece claramente que es para “…acompañar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de la Política Migratoria con el propósito de elevar el nivel de calidad de vida de las comunidades colombianas en el exterior, considerando todos los aspectos de la emigración y la inmigración”.

2º. Elecciones de los Representantes

De acuerdo a la Ley, en la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, tendrán asiento:

1   .    El sector privado,
2   .    Las organizaciones no gubernamentales
3   .    La academia y
4    .  Las organizaciones de colombianos en el exterior cuyos objetivos atiendan temas        migratorios

Siendo ya reconocido y constituido el Sector Privado (1), al igual que la Academia (3), no veo inconveniente para que sean estos Sectores quienes elijan directamente el Representante de cada uno de ellos ante la “Mesa”.

En cuanto a las Organizaciones No Gubernamentales “ONG” (2) y como la Norma no habla exactamente de cuáles, entiendo que se refiere a TODAS; independientemente que traten temas migratorios o no. 

Estas Organizaciones, al igual que las “organizaciones de colombianos en el exterior cuyos objetivos atiendan temas migratorios” (4), se encuentran constituidas legalmente, y cada una de ellas con determinado número de usuarios igualmente identificados a través de un sistema de inscripción, por lo que también pueden crear un método interno para que sus integrantes nombren a sus Representantes ante la “Mesa para las Migraciones”.  Con esto habría una Representación elegida popularmente dentro de estas Organizaciones.

En cuanto al Representante en general de esa “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, y quien la representará ante la “Comisión Nacional Intersectorial de Migraciones”, si debe ser elegido por ciudadanos residentes en el exterior, para que la Mesa en general pueda adquirir la figura de “Representativa”.

Propuesta para la elección del Representante de la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, y por ende ante el Sistema Nacional de Migraciones, y "Comisión Nal. Intersectorial de Migraciones"

1. Existe actualmente un sistema de inscripción de colombianos residentes en el exterior a través de las Pags. Web de la “Cancillería colombiana” y su Grupo “Colombia Nos Une”, donde fácilmente esa Institución puede comprobar que en realidad esos suscriptores residan fuera del país.

No se cómo, pero sé que la Tecnología permite ampliar ese sistema actual, para abrir mayor número de suscriptores, y a la vez crear, por decirlo de alguna forma, “Plantillas” o “Formatos” donde se incluyan a los aspirantes a esa Representación y que sean votados libremente por los colombianos inscritos en los mencionados portales.

Ese mecanismo o similar, podría ser supervisado, por el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Procuraduría y Defensoría del pueblo; e incluso por la propia Registraduría.

Los profesionales, o quienes manejan la tecnología de internet y los Sistemas, saben que eso se puede hacer, y conocen cómo hacerlo.

2. Los aspirantes a esa Representación en la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, deben ser colombianos residentes en el exterior no menos de cinco (5) años, carentes de antecedentes judiciales, y su inscripción se realizará a través de un Consulado. 

En el momento de la inscripción podrán inscribir igualmente a un colombiano que reúna los mismos requisitos, como suplente, en caso de renuncia voluntaria, por fuerza mayor o destitución por causales previamente establecidas.

3. El Representante de la “Mesa” ante el “Sistema Nacional de Migraciones” y/o Comisión Nacional Intersectorial de las Migraciones”, y por ende ante el Gobierno Nacional, será quien mayor votación obtenga.
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Aunque creo que no sería Constitucional o Legal, pero si por cuestión moral y de transparencia, los aspirantes a esos cargos no deberían haber participado como candidatos a Representantes a la Cámara por los colombianos en el exterior, y adquirir el compromiso público de no hacerlo durante el tiempo que permanezcan ejerciendo ese cargo en la “Mesa”, ni en las elecciones siguientes a la fecha en que dejen el respectivo cargo.

4. El tiempo para la elección podría ser de un (1) mes.

5. El Representante  elegido podrá ocupar el cargo por un periodo máximo de tres (3) años, pudiendo ser reelegido cuantas veces lo consideren los votantes, a través del mismo sistema de votación.  Por igual tiempo ocuparían el cargo los elegidos por el “Sector Privado”, “La Academia”, las Organizaciones No Gubernamentales “ONG”, y las “organizaciones de colombianos en el exterior cuyos objetivos atiendan temas migratorios”.

Tendríamos entonces que tanto los Representantes de Organizaciones No Gubernamentales “ONG”, y de las “organizaciones de colombianos en el exterior cuyos objetivos atiendan temas migratorios”, serían elegidos popularmente, pues como lo indico anteriormente, estas Organizaciones han sido conformadas mediante un soporte legal, y por ende quienes las componen (Directivos y demás) también, amparados en el Derecho a la “Participación Ciudadana”.

El sistema que propongo para la elección del Representante “general” ante el Gobierno, y/o “Comisión Nacional Intersectorial de Migraciones”, y a la vez la máxima representación de la Sociedad Civil dentro del Sistema Nal. de Migraciones, al igual que las de los demás integrantes de la “Mesa”,  y viendo otros modelos de elección de Representantes Civiles ante Entidades del Estado, creo que en este caso, el Ministerio de Relaciones Exteriores deberá expedir una Resolución donde se indique el procedimiento a seguir, pudiendo sustentar su contenido en  el Art. 5º de la Ley 1465 de 2011, y las siguientes Normativas:

1. Numeral 4, Art. 3º. Ley 1465 de 2011: “Principios del Sistema Nal. de Migraciones”:

“Participación de la diáspora colombiana en los destinos del país y el ejercicio de los derechos de sufragio activo y pasivo en igualdad de condiciones con el resto de los colombianos”

Dentro de los destinos del país es apenas obvio que se incluya el tema migratorio y de retorno.

2. Artículo 7º. Participación de los colombianos en el exterior:

“El Gobierno Nacional creará espacios para la participación, con el propósito de facilitar la interlocución de las asociaciones, redes y federaciones de colombianos en el exterior. En estos espacios se presentarán y concertarán las propuestas de dichas comunidades, a fin de ser evaluadas y aplicadas por la Comisión Nacional Intersectorial de Migración”

3. Numeral 4, y Parágrafo del Art. 4º, Ley 1465/2011: “Objetivos del Sistema Nacional de Migraciones SNM”:

“Fortalecer los canales de comunicación, participación e integración de los migrantes colombianos, así como las redes y asociaciones de colombianos en el exterior”

Parágrafo. En la consecución de estos objetivos podrá convocarse el concurso y cooperación del sector privado, las organizaciones no gubernamentales y las de carácter multilateral.

Dice el artículo 103 de nuestra Constitución Nacional que,  “son mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato”. 

Dice también ese Art. 103 que “El Estado contribuirá a la organización, promoción y capacitación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no gubernamentales, sin detrimento de su autonomía con el objeto de que constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación, concertación, control y vigilancia de la gestión pública que se establezcan”.

Refiriéndose a las formas de participación ciudadana establecidas en nuestra Constitución, la Ley 134 de 1994 señala que “la regulación de estos mecanismos no impedirá el desarrollo de otras formas de participación ciudadana en la vida política, económica, social, cultural, universitaria, sindical o gremial del país ni el ejercicio de otros derechos políticos no mencionados en esta ley.” (Subrayado fuera de texto).

Como bien se deduce de lo anterior, la participación para elegir la Representación de la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, está plenamente sustentada jurídicamente, y la debemos ejercer los colombianos residentes en el exterior. No olvidemos que somos los actores directos de la Migración, y poseedores de  derechos  y deberes,  que debemos actuar en  función  de  unos intereses sociales generales. Este tipo de participación, aunque no tenga vinculación directa con los partidos políticos,  sí  tiene que ver  mucho  con el Estado, pues se  trata  de  una intervención en el campo de lo público, es decir, en asuntos de interés general y del bien común. 

Nosotros como colombianos, sin importar el lugar donde nos encontremos, tenemos el derecho y el deber, a través de la Participación ciudadana, de  ejercer el control Social.  Y dentro de él, prevenir,  racionalizar, proponer, acompañar,  sancionar, vigilar y controlar la gestión pública.  En esa gestión pública, y con derecho a equivocarme, se encuentra lo relacionado a la Política Migratoria y de Retorno de nuestro país.

Los sujetos de la participación  somos las personas que  hacemos uso de  mecanismos formales y no  formales para  intervenir en  la  formulación de  políticas públicas.  Es decir, somos los protagonistas de  la  participación  ciudadana como miembros de distintas instancias.  Pero para que esa participación surta real efecto, debe tener una representatividad, o sino imaginémonos, en nuestro caso, a CINCO MILLONES (5´000.000) de COLOMBIANOS en el exterior cada uno exponiendo un tema o inquietud ante el Gobierno. Esa participación es la que debe agruparse u organizarse a través de unos elegidos por el propio pueblo. 

La legitimidad del Estado viene siendo lesionada desde hace varias décadas por la perversa corrupción, el clientelismo y la politiquería.  Hoy en día vemos con mayor fuerza que los colombianos  no estamos satisfechos con la forma como se está manejando nuestra democracia, y es muy grande la incredulidad en nuestras Instituciones, principalmente en el Congreso. A esto le agregamos el "abandono" socio-político del Estado para con sus connacionales en el exterior.

Refiriéndose a esta problemática, y desde el año 2002, el Gobierno de nuestro país en aquél entonces, pero de seguro lo comparte el actual, expidió la Directiva Presidencial No. 10, que decía: “Para superar estas dificultades, el Gobierno Nacional está comprometido con la construcción de un Estado Comunitario…..Un Estado para la Gente, que conlleve la responsabilidad política de la participación ciudadana en la definición de las tareas públicas, su ejecución.

Concluyendo, y ratificando lo dicho inicialmente, la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones” debe ser conformada de forma Representativa, a través de la Participación directa, mediante el voto, por parte de la Diáspora colombiana en el exterior, para elegir ante ese Organismo a sus Representantes, pues una participación sin representación, realmente poco o nada es lo que funciona.

3º. Constitución jurídica y Reglamento de la "Mesa":

Ya en lo referente a la Constitución jurídica de la “Mesa”, ordenada en el Parágrafo del Art. 5º de la Ley 1465/2011, considero debe darse a través de un Decreto, donde aparte de incorporar directamente a los miembros elegidos, se establezca la obligación del Estado en la asignación presupuestaria para el sostenimiento de la misma. Y como quiera que este mismo parágrafo habla que la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones” se dará su propio reglamento, es apenas lógico que este deberá ser elaborado por los miembros que finalmente queden legalmente elegidos.

4º. Otras situaciones:

Existen otras situaciones contempladas en la Ley 1465 de 2011, relacionadas con los integrantes del Sistema Nacional de Migraciones, y sus funciones, que muchos creemos no son las mas acordes para un eficaz desenvolvimiento, pero considero pueden crear mayor confusión entre los ciudadanos, si las empezamos a tratar ahora, y desviarían la atención de lo fundamental, como es la creación de la “Mesa”.

Una vez los ciudadanos a través de su participación popular elijan a su Representante ante la Mesa, y el Sector Privado, la Academia, y las Organizaciones No Gubernamentales y las de colombianos en el exterior cuyos objetivos atiendan temas migratorios, hagan lo mismo, será la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, quien con el poder otorgado, tome las decisiones que correspondan para dar comienzo al diseño de una Política Migratoria y de Retorno colombiana con equidad y justicia para TODOS los que por diferentes razones hemos tenido que emigrar de nuestro país, y de quienes por diferentes razones han retornado a él, o aspiran hacerlo algún día.

Interesante sería que el ciudadano del común, aquél que sea invitado a reuniones, conversatorios, conferencias, etc. relacionadas con el tema de la conformación de la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, presentará a debate en esos eventos, este concepto, pues los debates democráticos y con altura, son los que enriquecen las ideas.

De todas formas, lo que aquí les planteo, puede dar un vuelco una vez reciba los conceptos solicitados sobre la materia, al Congreso de la República, Procuraduria, Defensoría del pueblo y a algunas Universidades colombianas; si es que se dignan contestar, pues creo que ninguna de esas Entidades están obligadas legalmente a emitir estos conceptos cuando son solicitados individualmente por ciudadanos.

Si no recibo esos conceptos argumentando otras razones de peso, o algo racional y jurídico desde cualquier otro lado, que haga cambiar el concepto aquí plasmado, será el que plantearé en cualquier espacio que se me dé por parte de Organizaciones, Entidades o ciudadanos en general.

Por último respetados paisanos, quiero pedirles por favor que ¡no bajen la guardia! ante esta gran oportunidad que se nos presenta para integrar representativa y participativamente la mas importante herramienta que tenemos los colombianos en el exterior para coadyuvar en la construcción de una política migratoria y de retorno con equidad y justicia para todos, a través de la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”.

Un saludo, y recuerden que “Vivamos donde vivamos seguimos siendo colombianos”, y que “Hoy estamos aquí y así, pero mañana no sabemos dónde ni cómo”


La Clave?

“INSISTIR, PERSISTIR, RESISTIR y NUNCA DESISTIR”



Ricardo Marin Rodriguez